
Notificación de SUNAFIL – Mapa de Riesgo
La SUNAFIL exige a las empresas presentar el Mapa de Riesgos actualizado para cumplir con las normas de SST, con un plazo de cinco días
El hostigamiento sexual se encuentra regulado por la Ley 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, así como su Reglamento aprobado por D.S. 014-2019-MIMP, Reglamento de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, modificado por el D.S. 021-2021-MIMP.
Es una forma de violencia que se configura a través de una conducta de naturaleza o connotación sexual no deseada por la persona contra la que se dirige, que puede crear un ambiente intimidatorio, hostil o humillante; o que puede afectar su actividad o situación laboral.
El hostigamiento sexual puede presentarse a través de diversas conductas, entre las que se encuentran:
En caso requieras más información o desees implementar el Comité de Hostigamiento Sexual en tu empresa en cumplimiento de lo dispuesto por ley, contáctanos al correo informes@segurimed.pe o comunícate al (+51) 987-314 860.
La SUNAFIL exige a las empresas presentar el Mapa de Riesgos actualizado para cumplir con las normas de SST, con un plazo de cinco días
Los exámenes médicos ocupacionales o EMOs, que buscan el bienestar del trabajador de manera individual.
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